• 2024-05-15

Maneras de ser dado de baja de los militares

116 LAS ALTAS CORTES DE LA JUSTICIA COLOMBIANA

116 LAS ALTAS CORTES DE LA JUSTICIA COLOMBIANA

Tabla de contenido:

Anonim

Una vez que firma su contrato para servir a su país en el servicio militar, está obligado a cumplir ese contrato, ya que el ejército está obligado a proporcionar un trabajo, atención médica y dental, una oportunidad de promoción y licencia (vacaciones). Sin embargo, la obligación de un miembro del servicio a su servicio armado continúa hasta que se termina. En general, este período de tiempo está determinado por los términos del contrato de alistamiento, pero la terminación anticipada puede resultar debido a una separación administrativa o disciplinaria basada en una conducta específicamente identificada por parte del miembro del servicio.

No hay un área gris en lo que es correcto o incorrecto en el ejército. Los militares, así como las leyes civiles, se aplican y pueden ser referenciados en el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ).

Hay dos tipos de separaciones tempranas dadas por las fuerzas armadas de los Estados Unidos a los miembros del servicio alistados: descargas punitivas y separaciones administrativas.

Descargas punitivas: Las descargas punitivas son castigos autorizados de los tribunales de guerra y solo pueden otorgarse como una sentencia aprobada de los tribunales de guerra en virtud de una condena por una violación de la UCMJ. Hay dos tipos de descargas punitivas: Descarga deshonrosa (DD), que solo puede ser juzgada por un tribunal de guerra general y es una separación bajo condiciones deshonrosas; y baja por mala conducta (BCD), que puede ser adjudicada por una corte marcial general o una corte marcial especial y es una separación bajo condiciones distintas a las honorables.

Separaciones administrativas: Las separaciones administrativas no pueden ser otorgadas por una corte marcial y no son de naturaleza punitiva. El personal alistado puede ser separado administrativamente con una caracterización del servicio (separación caracterizada) o una descripción de la separación según lo exijan los hechos del caso particular.

Los tipos de descargas dependen de la caracterización del servicio

La caracterización en la separación se basa en la calidad del servicio del miembro, incluida la razón de la separación y la guía a continuación. Los militares determinan la "calidad de servicio" de acuerdo con las normas de conducta personal aceptable y el cumplimiento del deber para el personal militar que se encuentra en la directiva y el Código de Justicia Militar (UCMJ) y en los reglamentos emitidos por el Departamento de Defensa y los Departamentos Militares, y Las costumbres y tradiciones consagradas del servicio militar.

La calidad del servicio de un miembro en servicio activo o activo para entrenamiento se ve afectada adversamente por una conducta que puede desacreditar a los Servicios Militares o es perjudicial para el buen orden y la disciplina, independientemente de si la conducta está sujeta a UCMJ. jurisdicción. La caracterización puede basarse en la conducta en la comunidad civil, y la carga recae en el encuestado para demostrar que dicha conducta no afectó adversamente el servicio del encuestado.

El Ejército considera las razones de la separación, incluidas las circunstancias específicas que forman la base de la separación, en el tema de la caracterización. En general, las regulaciones requieren que los militares determinen la caracterización de un patrón de comportamiento en lugar de un incidente aislado. Sin embargo, existen circunstancias en las cuales la conducta o el desempeño del deber reflejado por un solo incidente proporciona la base para la caracterización.

Tipos de descargas

  1. Honorable. La caracterización honorable es apropiada cuando la calidad del servicio del miembro generalmente ha cumplido con los estándares de conducta aceptable y el cumplimiento del deber para el personal militar o es tan meritoria que cualquier otra caracterización sería claramente inadecuada.
  2. General (bajo condiciones honorables). Si el servicio de un miembro ha sido honesto y fiel, es apropiado caracterizar ese servicio en condiciones honorables. La caracterización del servicio como General (en condiciones honorables) está justificada cuando los aspectos negativos significativos de la conducta o el cumplimiento del deber del miembro superan los aspectos positivos de la conducta militar del miembro o el desempeño del deber superan los aspectos positivos del registro. Mucha gente cree que separarse al final del período normal de servicio garantiza un alta honorable. Esto no es así. Todos Las descargas administrativas toman en cuenta la conducta y el desempeño del individuo. Demasiadas infracciones disciplinarias o calificaciones de informes de bajo rendimiento pueden resultar en un alta general (en condiciones honorables) de alta.
  1. Aparte de las condiciones honorables. OTH Descarga la forma más baja de descarga que se puede recibir administrativamente. Estos se justifican cuando el motivo de la separación se basa en un patrón de comportamiento que constituye una desviación significativa de la conducta esperada de los miembros de los Servicios Militares, o cuando el motivo de la separación se basa en uno o más actos u omisiones que constituyen un hecho significativo. salida de la conducta esperada de los miembros de los Servicios Militares.
  2. Los ejemplos de factores que pueden considerarse incluyen el uso de la fuerza o la violencia para producir lesiones corporales graves o la muerte, el abuso de una posición especial de confianza, el desprecio por parte de un superior de las relaciones, subordinados u omisiones habituales superiores-subordinadas que ponen en peligro la seguridad del Estados Unidos o la salud y el bienestar de otros miembros de los Servicios Militares, y los actos u omisiones deliberadas que ponen en grave peligro la salud y la seguridad de otras personas.
  1. Descargas deshonrosas. Hay una diferencia entre la descarga de OTH y la descarga deshonrosa. La OTH no requiere un consejo de guerra para abandonar el ejército; Esto sucede puramente a través del proceso administrativo. Sin embargo, una baja deshonrosa es la forma más baja de baja que puede recibir y debe provenir de una corte marcial general, en otras palabras, un juicio. Estos son típicamente actos criminales que conducen a descargas deshonrosas. No solo dejará el ejército sin los beneficios de haber servido, sino que llevará un registro de antecedentes penales que será visible para los futuros empleadores.

El proceso

Las separaciones administrativas se dividen en dos áreas básicas: separaciones voluntarias y separaciones involuntarias. Una descarga al final del término de servicio es un ejemplo de una separación voluntaria. Sin embargo, el proceso de descarga involuntaria es bastante sencillo. El comandante realiza una elección para iniciar un procedimiento de alta involuntario y notifica al demandado por escrito.

Una vez que el comandante recibe la carta con los archivos adjuntos del encuestado, él o ella determina si proceder o no con el procedimiento de descarga. Si el comandante elige proceder, se convoca una junta de descarga administrativa (si es necesario). Si no se requiere la placa, el comandante envía el paquete a la autoridad de aprobación (generalmente el comandante de la instalación) para su aprobación final o desaprobación.

La Autoridad de Separación puede considerar los siguientes factores en el tema de retención o separación, dependiendo de las circunstancias del caso:

  • La gravedad de las circunstancias que forman la base para el inicio de los procedimientos de separación y el efecto de la permanencia de los miembros en la disciplina militar, el buen orden y la moral.
  • La probabilidad de continuación o repetición de las circunstancias que forman la base para el inicio de los procedimientos de separación.
  • La probabilidad de que el miembro sea una influencia disruptiva o indeseable en las tareas actuales o futuras.
  • La capacidad del miembro para desempeñar sus funciones con eficacia en el presente y en el futuro, incluido el potencial de avance o liderazgo.
  • El potencial de rehabilitación del miembro.
  • El registro militar completo del miembro: todo.

Los incidentes aislados y los eventos remotos en el tiempo normalmente tienen poco valor para determinar si se debe efectuar una separación administrativa. El uso de tales registros generalmente se limita a aquellos casos que involucran patrones de conducta manifestados durante un período prolongado de tiempo.

La Junta de alta administrativa

La Autoridad de Separación nombra al Consejo de Administración al menos tres oficiales con experiencia, comisionados o no comisionados. El personal alistado designado para la Junta debe estar en el grado E-7 o superior y debe ser superior al encuestado. Al menos un miembro de la Junta debe prestar servicios en el grado O-4 o superior, y la mayoría de la Junta debe ser comisionada o ser un oficial de la orden. El miembro senior es el presidente de la junta. La Autoridad de Separación también puede designar a la Junta un registrador sin derecho a voto.

Un asesor legal sin derecho a voto puede ser designado para asistir a la Junta.

Derechos del demandado

El demandado puede declarar en su propio nombre, sujeto a las disposiciones del Artículo 31 (a), UCMJ (Auto Incriminación). En cualquier momento durante el procedimiento, el demandado o el abogado pueden presentar un asunto escrito o registrado para que lo considere la Junta. El demandado o el abogado pueden llamar a los testigos en su nombre. El demandado o el abogado pueden interrogar a cualquier testigo que comparezca ante la Junta. El demandado o el abogado pueden presentar un argumento antes de que la Junta cierre el caso para deliberar sobre los hallazgos y las recomendaciones.

Se requiere que la Junta determine sus hallazgos y recomendaciones en sesiones cerradas. Solo los miembros votantes de la junta pueden estar presentes. La Junta determina lo siguiente:

  • Si cada alegación en el aviso de separación propuesta está respaldada por una preponderancia de la evidencia.
  • Si los hallazgos justifican la separación con respecto a la razón de la separación establecida en la Notificación, si más de una razón estuvo contenida en la Notificación, debe haber una determinación por separado para cada razón.
  • La Junta hace una recomendación o separación (No culpable o inocencia).
  • Si la Junta recomienda la separación, puede recomendar que la separación sea suspendida.
  • Si se recomienda la separación o la separación suspendida, la Junta recomienda una caracterización del servicio o una descripción de la separación.

Bases para las separaciones involuntarias

Hay varias razones por las que una persona puede ser procesada para la separación involuntaria. A continuación se muestran los más comunes:

Paternidad: Se puede separar a un miembro por motivo de la paternidad si, como resultado de ello, se determina que el miembro no puede cumplir satisfactoriamente con sus deberes o no está disponible para una asignación o despliegue en todo el mundo. El procesamiento de la separación no puede iniciarse hasta que el miembro haya recibido asesoramiento formal sobre las deficiencias y se le haya brindado la oportunidad de superar esas deficiencias, como se refleja en el asesoramiento adecuado o en los registros personales.

Condición física o mental: Las personas pueden ser separadas involuntariamente en función de las condiciones físicas o mentales designadas, que no equivalen a una discapacidad, que potencialmente interfieran con la asignación o el desempeño del deber. Tales condiciones pueden incluir, entre otras, mareos crónicos o mareos, enuresis y trastornos de la personalidad. La separación sobre la base del trastorno de personalidad solo se autoriza si un diagnóstico realizado por un psiquiatra o psicólogo, completado de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Departamento Militar en cuestión, concluye que el trastorno es tan grave que la capacidad del miembro para funcionar de manera efectiva en el entorno militar es significativamente deteriorado.

La separación por trastorno de personalidad no es apropiada cuando la separación se justifica por otras razones. Por ejemplo, si la separación se justifica en base a un desempeño insatisfactorio o mala conducta, el miembro generalmente no se separará en esta sección, independientemente de la existencia de un trastorno de personalidad.

Discapacidad: Un miembro puede ser separado por discapacidad según las disposiciones de 10 U.S.C., Capítulo 6l (referencia (n)). Las separaciones por discapacidad generalmente resultan en una separación de nivel de honor o de honor.

Alistamiento erróneo:Un miembro puede ser separado sobre la base de un alistamiento, inducción o extensión errónea del alistamiento. Un alistamiento, inducción o extensión del alistamiento es erróneo en las siguientes circunstancias, si: (1) No hubiera ocurrido si el gobierno hubiera conocido los hechos relevantes o se hubieran seguido las directivas apropiadas; (2) No fue el resultado de una conducta fraudulenta por parte del miembro; y (3) El defecto no se modifica en los aspectos materiales.

Alistamiento erróneo. normalmente recibe un alta honorable, a menos que sea elegible para una separación de nivel de entrada (menos de 180 días de servicio militar).

Ingreso fraudulento al servicio militar: Un miembro puede ser separado sobre la base de la obtención de un alistamiento, inducción o período de servicio militar fraudulentos a través de una tergiversación, omisión u ocultación material deliberada que, si se conoce en el momento del alistamiento, inducción o entrada en un período de El servicio militar podría haber resultado en el rechazo. La caracterización del servicio o la descripción de la separación se basan en el registro de servicio y la gravedad de la entrada fraudulenta.

Si el fraude involucra el ocultamiento de una separación previa en la cual el servicio no fue calificado como Honorable, la caracterización normalmente será Bajo Otras Condiciones que las Honorables.

Rendimiento insatisfactorio:Un miembro puede estar separado cuando se determina que el miembro no está calificado para el servicio militar adicional debido a un desempeño insatisfactorio. El procesamiento de la separación no puede iniciarse hasta que el miembro haya recibido asesoramiento formal sobre las deficiencias y se le haya brindado la oportunidad de superar esas deficiencias, como se refleja en el asesoramiento adecuado o en los registros personales. Los requisitos de asesoramiento y rehabilitación son de particular importancia con respecto a esta razón para la separación.

Debido a que el servicio militar es un llamamiento diferente de cualquier ocupación civil, no se debe separar a un miembro cuando el rendimiento insatisfactorio sea la única razón, a menos que haya habido esfuerzos de rehabilitación según las normas prescritas por el Secretario en cuestión. El servicio se caracterizará como Honorable o General (bajo condiciones honorables).

Falla de rehabilitación de abuso de alcohol: Un miembro que ha sido remitido a un programa de rehabilitación por abuso de drogas y alcohol puede ser separado por falta por incapacidad o negativa a participar, cooperar o completar exitosamente dicho programa en las siguientes circunstancias: (1) Hay una falta de potencial para continuar el servicio militar; o (2) la rehabilitación a largo plazo se determina necesaria y el miembro se transfiere a un centro médico civil para la rehabilitación.

Mala conducta: Un miembro puede ser separado por mala conducta cuando se determina que el miembro no está calificado para el servicio militar adicional debido a una o más de las siguientes circunstancias:

  • Infracciones disciplinarias menores: un patrón de mala conducta que consiste únicamente en infracciones disciplinarias menores. Si la separación de un miembro en el estado de nivel de entrada está justificada únicamente por motivo de infracciones disciplinarias menores, la acción debe procesarse según el comportamiento y la conducta de nivel de entrada.
  • Un patrón de mala conducta: un patrón de mala conducta que consiste en (a) participación desacreditada con autoridades civiles o militares o (b) conducta perjudicial para el buen orden y la disciplina.
  • Comisión de una infracción grave: comisión de una infracción militar o civil grave si en las siguientes circunstancias: (1) Las circunstancias específicas de la infracción justifican la separación; y (2) Se autorizaría un despido punitivo por la misma ofensa o una ofensa estrechamente relacionada en virtud del Manual para los tribunales de guerra.
  • Condena civil: Condena por parte de autoridades civiles o acción tomada que equivale a una declaración de culpabilidad, incluidas adjudicaciones similares en procedimientos juveniles, cuando las circunstancias específicas del delito justifican la separación y las siguientes condiciones están presentes: (1) Un despido punitivo sería autorizado para el mismo delito o un delito estrechamente relacionado en el Manual para los tribunales de guerra o (2) La sentencia de las autoridades civiles incluye el confinamiento por 6 meses o más sin tener en cuenta la suspensión o la libertad condicional.

El procesamiento de la separación puede iniciarse independientemente de que un miembro haya presentado una apelación de una condena civil o haya declarado su intención de hacerlo. La ejecución de una separación aprobada generalmente se retiene pendiente del resultado de la apelación o hasta que haya pasado el tiempo de la apelación, pero el miembro puede ser separado antes de la acción final sobre la apelación a petición del miembro o bajo la dirección del Secretario en cuestión.

La caracterización del servicio por mala conducta normalmente estará bajo condiciones que no sean honorables, pero la caracterización como General (en condiciones honorables) puede estar justificada para aquellos con registros militares pendientes.

Seguridad: Cuando la retención es claramente inconsistente con el interés de la seguridad nacional, un miembro puede ser separado por razones de seguridad y bajo las condiciones y procedimientos establecidos por el Secretario de Defensa en DoD 5200.2-R.La caracterización se basa en el registro de servicio y el rendimiento del encuestado.

Participación insatisfactoria en la Reserva Preparada: Un miembro puede ser separado por una participación insatisfactoria en la Reserva Preparada según los criterios establecidos por el Secretario en cuestión según la Directiva 1215.13 del DoD. La caracterización del servicio o la descripción de una separación se basa en el registro de servicio y los requisitos de la Directiva 1215.13 del DoD (referencia (p)).

Falla de control de peso: Un miembro puede ser separado por no cumplir con los estándares de control de peso cuando se determina que el miembro no está calificado para el servicio militar adicional, y el miembro no recibe un diagnóstico médico de una afección médica que impida o interfiera con el control de peso. El procesamiento de la separación no puede iniciarse hasta que el miembro haya recibido asesoramiento formal sobre las deficiencias y se le haya brindado la oportunidad de superar esas deficiencias, como se refleja en el asesoramiento adecuado o en los registros personales.

La caracterización de la descarga normalmente será Honorable, a menos que los registros militares justifiquen la caracterización del servicio como General (en condiciones honorables).

Estas son las razones más comunes para separaciones involuntarias del servicio militar. El Departamento de Defensa también autoriza a cada uno de los servicios militares a establecer razones adicionales para las descargas administrativas, en función de las calificaciones únicas del servicio en particular.


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