Determinación del rango de servicio activo para servicio previo
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Tabla de contenido:
- Miembros actuales de la Reserva del Ejército y de la Guardia Nacional del Ejército
- Ex miembros del Ejército Regular, Reservas y Guardia Nacional
- Antiguos miembros de componentes no militares
Los miembros de servicio anterior que se enlisten en el Ejército en servicio activo tendrán su rango inicial de alistamiento determinado de la siguiente manera:
Miembros actuales de la Reserva del Ejército y de la Guardia Nacional del Ejército
Un miembro actual de las Reservas del Ejército o la Guardia Nacional del Ejército que ha completado el Entrenamiento Inicial de Servicio Activo (IADT):
(1) Si al solicitante de servicio anterior no se le ha otorgado un MOS y se enrola dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de salida del servicio activo (IADT), el grado de pago de alistamiento será el grado que se mantuvo al momento de la liberación del IADT, a menos que el Componente de la Reserva haya promovido el solicitante a un grado más alto. El solicitante debe presentar el Formulario 4187 de DA que aprueba la promoción al grado superior.
(2) Si al solicitante se le ha otorgado un MOS y se enrola dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de salida del servicio activo (IADT), el grado de pago de alistamiento será el grado que se realizó al momento de la liberación de IADT pero no inferior a E-2.
(3) Si al solicitante se le ha otorgado un MOS y tiene 12 meses de servicio después de la liberación de IADT, el grado de alistamiento será el grado actual hasta el grado SPC (E-5).
Los solicitantes en las Reservas del Ejército y la Guardia Nacional del Ejército que tienen el rango de SGT (E-5) y superior, tendrán sus calificaciones de servicio activo determinadas de acuerdo con las reglas a continuación.
Ex miembros del Ejército Regular, Reservas y Guardia Nacional
(1) Si el solicitante se separó por última vez de cualquier Componente o es un miembro actual de las Reservas del Ejército o la Guardia Nacional del Ejército en los grados E-1 a E-4 con no más de 7 años de Servicio Federal Activo (AFS) y se inscribe dentro de los 24 meses. a partir de la fecha de la separación, el grado de alistamiento será el mismo grado que se tenía al momento de la separación. Si solicita más de 24 meses a partir de la finalización de la obligación de servicio militar, reduzca un grado por cada 6 meses adicionales, pero no vaya por debajo del grado de PV2 (E-2) a menos que esté separado como PV1 (E-1).
(2) Si el solicitante se separó por última vez del Ejército en servicio activo en el grado de SGT (E-5) con un servicio activo total de no más de 12 años y se inscribe dentro de los 24 meses posteriores a la separación, o es un miembro actual de la Guardia Nacional del Ejército o Reservas del Ejército, el grado de alistamiento será SGT, siempre que el solicitante haya completado los requisitos de liderazgo apropiados de los NCOES o su equivalente, y siempre que exista una vacante válida para la serie ocupacional militar principal (PMOS) en el grado de SGT. Si no existe una vacante en el antiguo PMOS, el grado de alistamiento será SGT, siempre que el solicitante acepte la capacitación en el MOS provisto por el Comando de Recursos Humanos del Ejército y no tenga más de 12 años de servicio federal activo.
Si se enrola después de 24 meses a partir de la finalización del servicio militar, el grado de alistamiento será determinado por el Comando de Recursos Humanos del Ejército.
(3) Si el solicitante se separó por última vez de cualquier Componente o es un miembro actual de las Reservas del Ejército o la Guardia Nacional del Ejército en el grado de SGT con no más de 12 años de AFS, o en el grado de SSG (E-6) sin Más de 17 años de AFS, o en el grado de SFC (E-7) a SGM (E-9), independientemente de los años de servicio pero con menos de 20 años, el grado de reclutamiento y la elegibilidad serán determinados por el Departamento de Recursos Humanos del Ejército. Mando. Los solicitantes con más de la cantidad de años indicada anteriormente no son elegibles para el alistamiento en el Ejército en servicio activo.
Antiguos miembros de componentes no militares
Los ex miembros de la Fuerza Aérea, la Marina, el Cuerpo de Marines y la Guardia Costera, incluidos los miembros actuales y anteriores de sus Componentes de Reserva, tendrán su rango de Ejército en servicio activo determinado por el Comando de Recursos Humanos del Ejército, después de un examen de sus registros militares y experiencia.
Todo el servicio anterior, independientemente del componente, está autorizado para enlistarse en la categoría de pago avanzada para el servicio no anterior, si eso es más ventajoso.
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