• 2024-06-30

Una introducción a la justicia militar y su historia

Cómo se redacta la introducción de un trabajo académico

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Tabla de contenido:

Anonim

Cuando uno se une al Ejército de los Estados Unidos, queda sujeto a un sistema de justicia completamente nuevo. Si bien el propósito principal del sistema de justicia de los Estados Unidos es dispensar "justicia", esa no es la razón principal para la creación de un sistema de justicia separado para las Fuerzas Armadas de Estados Unidos. El propósito principal del sistema militar es proporcionar al comandante militar las herramientas necesarias para hacer cumplir el buen orden y la disciplina. Es por eso que, por ejemplo, no se considera un "delito" llegar tarde al trabajo en su trabajo civil, pero es un "delito" llegar tarde al trabajo en el Ejército (violación del Artículo 86 del Código Uniforme de Justicia Militar), o UCMJ).

El comandante militar tiene varios métodos disponibles para hacer cumplir el buen orden y la disciplina dentro de la unidad, que van desde medidas administrativas leves, como asesoría formal o informal, hasta oficiales de corte general en toda regla, en los que una persona puede ser condenada a trabajos forzados o incluso ejecutada.

La parte I de este artículo ofrece una descripción general del sistema de justicia militar de los Estados Unidos.

Otros temas relacionados incluyen:

  • Asesoramiento, reprimendas y entrenamiento extra

    Un asesoramiento puede ser formal o informal. También puede ser verbal, o puede ser por escrito. Puede ser positivo (palmadita en la espalda) o puede ser correctivo. Una reprimenda o una amonestación es "masticar". Pueden ser verbales, o pueden ser escritas. Las amonestaciones y las advertencias escritas pueden proporcionar un "historial", que luego podría usarse para justificar el castigo en virtud del Artículo 15, o degradaciones y descargas administrativas. La capacitación adicional no es lo mismo que los "deberes adicionales" impuestos en el Artículo 15. Los deberes adicionales son "castigo", la capacitación adicional no lo es. Para ser legal, la "capacitación adicional" debe relacionarse lógicamente con la deficiencia que debe corregirse.

  • Vertidos administrativos

    Las descargas administrativas están autorizadas por una variedad de razones. La caracterización de una descarga administrativa puede ser Honorable, General (Bajo Condiciones Honorables) y Distinto de Honorable.

  • Artículo 15

    También conocido como "castigo no judicial" o "mástil" (en la Armada / Guardia Costera y Marines). Es una especie de "mini-corte marcial" con el comandante que actúa como juez y jurado. Se utiliza para delitos relativamente menores (delitos menores) en virtud de la UCMJ. El castigo autorizado está limitado por el rango del comandante y el rango del acusado. En la mayoría de los casos, una persona puede rechazar el Artículo 15 del castigo y, en su lugar, exigir un juicio por una corte marcial.

  • Auto incriminación

    Los civiles están protegidos contra la autoincriminación involuntaria por la 5ª enmienda. El personal militar también está protegido, a través del artículo 31 de la UCMJ.

  • Confinamiento preventivo e investigaciones previas al juicio

    El ejército no tiene un sistema de "fianza". Pero, hay reglas especiales que deben seguirse si un miembro del ejército está confinado antes de una corte marcial. Artículo 32 Las investigaciones previas al juicio son la versión militar de las audiencias ante el Gran Jurado.

  • Marcial de la corte

    Estos son los "biggies". Hay tres tipos de cortes marciales: Resumen, Especial y General. Una condena por un Tribunal Especial o General puede ser una "condena por delito grave". Los tribunales de guerra pueden otorgar multas, reducciones, "descargas punitivas" y tiempo en prisión (en trabajos forzados). Los tribunales de guerra del Tribunal General pueden incluso imponer la pena de muerte por ciertos delitos.

  • Artículo 138 Quejas

    La UCMJ proporciona un método para que los miembros militares presenten una queja si son "ofendidos" por su oficial al mando. Esta es una de las herramientas más poderosas y menos utilizadas en el sistema de justicia militar, para que los miembros hagan valer sus derechos.

Antecedentes de la ley militar

La ley militar (justicia militar) es la rama de la ley que regula el establecimiento militar de un gobierno. Es de naturaleza completamente penal o disciplinaria y, en los Estados Unidos, incluye y es análogo al derecho penal civil. Sus fuentes son muchas y variadas, algunas considerablemente anteriores a los Estados Unidos y su Constitución. Sin embargo, ya que es a través de la Constitución que nuestra ley pública comenzó a existir, la Constitución puede ser considerada como la fuente principal de la ley que rige nuestros establecimientos militares.

Junto con la Constitución, hay otras fuentes, tanto escritas como no escritas, que gobiernan también a los militares: el derecho internacional contribuyó con la ley de guerra y numerosos tratados que afectan el establecimiento militar; El Congreso contribuyó con el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) y otros estatutos; Órdenes ejecutivas, incluido el Manual de Courts-Martial (MCM), reglamentos de servicio; usos y costumbres de las fuerzas armadas y de la guerra; y, finalmente, el sistema judicial ha contribuido con sus decisiones diarias para aclarar las áreas grises.

Todos estos conforman nuestra ley militar.

La constitucion de estados unidos

La fuente constitucional del derecho militar se deriva de dos disposiciones: las que confieren ciertos poderes en el poder legislativo y las que otorgan cierta autoridad al poder ejecutivo. Además, la quinta enmienda reconoce que los delitos en las fuerzas armadas se tratarán de conformidad con la ley militar.

Poderes otorgados al Congreso

Bajo la Sección 8 del Artículo I, Constitución de los Estados Unidos, el Congreso está facultado para:

  • Definir y castigar los delitos contra la ley de las naciones.
  • declarar la guerra, otorgar cartas de la marca y las represalias, y hacer reglas relativas a las capturas en tierra y agua
  • levantar y apoyar ejércitos
  • proporcionar y mantener una marina
  • Hacer reglas para el gobierno y la regulación de la
  • fuerzas terrestres y navales
  • prever la convocatoria de la milicia
  • prever la organización, armado y disciplina de la milicia y el gobierno de la parte de ellos que pueda ser empleada al servicio de los Estados Unidos; y
  • en general, haga todas las leyes que sean necesarias y adecuadas para ejecutar los poderes anteriores y todos los demás poderes conferidos por la Constitución en el gobierno de los Estados Unidos o cualquier departamento o funcionario del mismo.

La autoridad se adjudica en el presidente.

Según la Constitución, el Presidente sirve como Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y, cuando se le llama al servicio federal, el Presidente también sirve como Comandante en Jefe de varias milicias estatales. La Constitución también faculta al Presidente, con el consentimiento del Senado, para nombrar a los funcionarios de los servicios. El Presidente comisiona a todos los oficiales y tiene el deber de ver que las leyes de este país se cumplan fielmente.

La quinta enmienda

En la quinta enmienda, los redactores de la Constitución reconocieron que los casos que surgen en los servicios militares se manejarían de manera diferente a los casos que surgen en la vida civil. La quinta enmienda establece, en parte, que "ninguna persona será obligada a responder por un delito capital o infame, a menos que esté en una presentación o acusación de un Gran Jurado, excepto en los casos que surjan en el territorio o las fuerzas navales, o en la milicia, cuando está en servicio real en tiempos de guerra o peligro público ".

Ley internacional

La ley del conflicto armado es la rama del derecho internacional que prescribe los derechos y obligaciones de los combatientes, no combatientes, beligerantes y prisioneros. Consiste en aquellos principios y usos que, en tiempo de guerra, definen el estado y las relaciones no solo con los enemigos, sino también con las personas sometidas al control militar.

Leyes del congreso

El UCMJ está contenido en el Capítulo 47, Título 10, Código de los Estados Unidos, Secciones 801 a 940. Aunque la autoridad para hacer reglas y regulaciones para las Fuerzas Armadas está en la Constitución, la ley militar tiene siglos de antigüedad. Los artículos de la UCMJ definen los delitos que violan la ley militar en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y exponen a un miembro militar a un castigo si un tribunal apropiado lo declara culpable. También establecen los amplios requisitos procesales implementados por la orden ejecutiva del presidente (el Manual para los tribunales de guerra MCM).

Para el miembro, este código es tanto una ley de la tierra como un estado, o el código penal federal es para un civil.

Órdenes ejecutivas y normas de servicio

En virtud de sus poderes como Comandante en Jefe, el Presidente tiene el poder de promulgar órdenes ejecutivas y reglamentos de servicio para gobernar las Fuerzas Armadas, siempre que no entren en conflicto con ninguna disposición constitucional o estatutaria básica. El artículo 36 de la UCMJ autoriza específicamente al Presidente a prescribir los procedimientos (incluidas las reglas de evidencia) que deben seguirse ante los diversos tribunales militares. De conformidad con estos poderes ejecutivos, el Presidente ha establecido el MCM para implementar el UCMJ.

El Presidente y el Congreso han autorizado a los secretarios del Servicio y a los comandantes militares a implementar varias disposiciones de la UCMJ y al MCM ya promulgar órdenes y reglamentos. Nuestros tribunales siempre han sostenido que las regulaciones militares tienen la fuerza y ​​el efecto de la ley si son consistentes con la Constitución o los estatutos. Las regulaciones y órdenes emitidas a niveles inferiores de mando son exigibles por el artículo 92 de la UCMJ, que prescribe violaciones de las órdenes y regulaciones generales, y los artículos 90 y 91 de la UCMJ, que prohíben la desobediencia de las órdenes de los superiores.

La evolución de la justicia militar

La justicia militar es tan antigua como las primeras fuerzas organizadas. Un sistema adecuado y justo de justicia militar siempre ha sido esencial para el mantenimiento de la disciplina y la moral en cualquier comando militar. Por lo tanto, la evolución de la justicia militar ha implicado necesariamente el equilibrio de dos intereses básicos: la guerra y el deseo de un sistema eficiente, pero justo, para mantener el buen orden y la disciplina.

Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) (1951)

El deseo de uniformidad entre los servicios dio lugar a la promulgación de la UCMJ, que entró en vigencia el 31 de mayo de 1951. Se implementó en el Manual para los tribunales de guerra de 1951. La UCMJ estableció tribunales de servicio de revisión militar, compuestos por jueces militares de apelación, que eran, y son, el primer nivel de apelación en el sistema de justicia militar. La UCMJ también estableció el Tribunal de Apelaciones Militares de los Estados Unidos (ahora conocido como el Tribunal de Apelaciones de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos (CAAF), originalmente compuesto por tres jueces civiles, que es el nivel más alto de revisión de apelaciones dentro del sistema militar.

(La Corte agregó dos jueces civiles más el 1 de diciembre de 1991). La creación de esta estructura de corte de apelaciones fue quizás el cambio más revolucionario en la justicia militar en la historia de nuestro país. En esta estructura que contempla la apelación y revisión de las condenas de los tribunales de guerra, los controles y balances del control civil de las Fuerzas Armadas se transfirieron al propio sistema de justicia militar.

Manual de 1969 para los tribunales de guerra (MCM)

Después de varios años de preparación, un nuevo MCM entró en vigencia el 1 de enero de 1969. El objetivo principal de la revisión fue incorporar los cambios necesarios en las decisiones del Tribunal de Apelaciones Militares de los EE. UU. Menos de un mes después de que el Presidente firmara la orden del Ejecutivo que promulga el nuevo MCM de 1969; El Congreso aprobó la Ley de justicia militar de 1968, cuya mayor parte entró en vigencia el 1 de agosto de 1969.

La Ley de Justicia Militar de 1968

Entre los cambios sustanciales realizados por la Ley de Justicia Militar de 1968 se encontraba el establecimiento de una judicatura de primera instancia, que consta de jueces "de circuito" en cada servicio. El acto también permitió a un acusado la opción de ser juzgado por un juez militar solo (no miembros de la corte) si el miembro lo solicitó por escrito y si el juez militar aprobó la solicitud.

La Ley de Justicia Militar de 1983

A partir del 1 de agosto de 1984, la Ley de Justicia Militar de 1983 hizo varios cambios de procedimiento, incluidas disposiciones para apelaciones gubernamentales de algunos fallos de jueces militares. El gobierno no puede, sin embargo, apelar los resultados de no culpable. La ley también contempla las apelaciones de defensa y del gobierno ante la Corte Suprema de los Estados Unidos ante el Tribunal de Apelaciones de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

Tendencias

El UCMJ hoy refleja siglos de experiencia en derecho penal y justicia militar.El sistema de justicia militar ha evolucionado de uno que permitió a los comandantes imponer y llevar a cabo la pena de muerte a un sistema de justicia que garantiza derechos y privilegios a los miembros del servicio similares y, en algunos casos, mayores a los de sus homólogos civiles.

Jurisdicción de los tribunales militares

Si un tribunal civil tiene jurisdicción para decidir un caso en particular, depende de varios factores, entre ellos, el estado de las partes (edad, residencia legal, etc.), el tipo de problema legal involucrado (penal o civil, disputa contractual, delincuencia fiscal, matrimonio). disputa, etc.), y factores geográficos (delito cometido en Nueva York, disputa contractual con respecto a bienes raíces de la Florida, etc.). La jurisdicción de los tribunales de guerra se ocupa principalmente de las siguientes dos preguntas:

  • Jurisdicción personal; es decir, ¿el acusado es una persona sujeta a la UCMJ?
  • Jurisdicción de la materia; es decir, ¿es la conducta prescrita por la UCMJ?

Si las respuestas son "sí" en ambos casos, entonces, y solo entonces, un panel de tribunales de guerra tiene jurisdicción para decidir el caso.

Jurisdicción personal

La jurisdicción de los tribunales de guerra no existe sobre una persona a menos que esté sujeta a la UCMJ, tal como se define en el Artículo 2, UCMJ. El artículo 2 establece que entre las personas sujetas a la UCMJ se encuentran las siguientes personas:

  • Miembros de un componente regular de las Fuerzas Armadas, incluidos aquellos que esperan su baja después de la expiración de sus términos de alistamiento; voluntarios desde el momento de su reunión o aceptación en las Fuerzas Armadas; inducidos desde el momento de su inducción real en las Fuerzas Armadas; y otras personas que legalmente llamaron, ordenaron o cumplieron con su deber en las Fuerzas Armadas, para entrenarlos, a partir de las fechas en que los términos de la llamada u orden les exigen que las obedezcan.
  • Cadetes, cadetes de aviación y guardiamarinas.
  • Miembros de un componente de la Reserva mientras están en entrenamiento de servicio inactivo; pero, en el caso de los miembros de la Guardia Nacional del Ejército de los EE. UU. y la Guardia Nacional Aérea de los EE. UU., solo cuando estén en servicio federal.
  • Miembros retirados de un componente Regular de las Fuerzas Armadas con derecho a pagar.

Desde la promulgación de la UCMJ, la Corte Suprema ha sostenido que los militares no pueden ejercer constitucionalmente la jurisdicción sobre los dependientes civiles de los miembros de las Fuerzas Armadas. Además, el Tribunal de Apelaciones de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos sostuvo que los militares carecían de jurisdicción sobre los empleados civiles de las Fuerzas Armadas durante el Conflicto de Vietnam, a pesar de que los presuntos delitos se cometieron dentro de la zona de combate. El tribunal sostuvo que la frase "en tiempo de guerra" contenida en el Artículo 2 (10), UCMJ, significa una guerra declarada formalmente por el Congreso.

Jurisdicción de la materia

En general, los tribunales de guerra tienen el poder de juzgar cualquier ofensa bajo el código, excepto cuando la Constitución lo prohíba. La jurisdicción de los tribunales de guerra depende únicamente del estado del acusado como persona sujeta a la UCMJ, y no de la "conexión de servicio" de la ofensa acusada. Por ejemplo, una persona sujeta a la UCMJ es atrapada robando en una tienda de un comerciante local. El miembro podría ser juzgado por una corte marcial, aunque la ofensa en sí no esté relacionada con el servicio en un sentido tradicional.


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