• 2024-06-28

UCMJ Punitivo Artículo 91 - Conducta insubordinada

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Anonim

Ya sea una conducta impropia o insubordinada con un funcionario de rango superior, es probable que si se hace público a través de las redes sociales, su carrera militar haya terminado. El fraseo exacto de insubordinación es el siguiente:

Texto. "Cualquier oficial de la orden o miembro alistado que-

(1) ataca o agrede a un oficial de la orden, oficial no comisionado o suboficial, mientras ese oficial se encuentra en la ejecución de su oficina;

(2) intencionalmente desobedece la orden legal de un oficial de la orden, oficial no oficial o suboficial; o

(3) trata con desprecio o es irrespetuoso con el lenguaje o conducta hacia un oficial de la orden, oficial no oficial o suboficial mientras ese oficial se encuentra en la ejecución de su oficina; será castigado como lo ordene una corte marcial ".

Elementos.

(1) Orden de huelga o asalto, no comisionado o suboficial.

(a) Que el acusado era un oficial de la orden o un miembro alistado;

(b) Que el acusado golpeó o agredió a una cierta orden de detención, no encomendada o suboficial;

(c) Que la huelga o el asalto se cometió mientras la víctima estaba en la ejecución del cargo; y

(d) Que el acusado sabía que la persona golpeada o agredida era una orden judicial, no encomendada o suboficial. Nota: Si la víctima era el oficial superior no comisionado o superior del acusado, agregue los siguientes elementos

(e) Que la víctima era el oficial superior no encomendado, o el suboficial del acusado; y

(f) Que el acusado sabía entonces que la persona golpeada o agredida era un oficial superior no comisionado o suboficial del acusado.

(2) Desobedecer una orden judicial, no encomendado o suboficial.

(a) Que el acusado era un oficial de la orden o un miembro alistado;

(b) Que el acusado recibió una determinada orden legal de un determinado mandante, no oficial o suboficial;

(c) Que el acusado sabía entonces que la persona que daba la orden era una orden judicial, no encomendada o suboficial;

(d) Que el acusado tenía el deber de obedecer la orden; y

(e) Que el acusado desobedeció voluntariamente la orden.

(3) Tratar con desprecio o ser irrespetuoso con el lenguaje o la conducta hacia una orden judicial, no comisionado o suboficial.

(a) Que el acusado era un oficial de la orden o un miembro alistado;

(b) Que el acusado cometió u omitió ciertos actos, o usó cierto lenguaje;

(c) Que dicho comportamiento o lenguaje se usó hacia y dentro de la vista o la audiencia de una determinada orden judicial, no encomendada o suboficial;

(d) Que el acusado sabía que la persona a la que se dirigía la conducta o el lenguaje era una orden judicial, no encomendada o suboficial;

(e) Que la víctima estaba entonces en la ejecución del cargo; y

(f) Que bajo las circunstancias, el acusado, por tal comportamiento o lenguaje, trató con desprecio o fue irrespetuoso a dicha orden, no comisionado o suboficial. Nota: Si la víctima fue el oficial superior no comisionado o de poca monta del acusado, agregue los siguientes elementos

(g) Que la víctima era el oficial superior no encomendado, o el suboficial del acusado; y

(h) Que el acusado sabía entonces que la persona a la que se dirigía el comportamiento o el lenguaje era el superior no acusado o el pequeño oficial del acusado.

Explicación.

(1) En general. El artículo 91 tiene los mismos objetivos generales con respecto a los oficiales de baja, no comisionados y de baja categoría que los artículos 89 y 90 con respecto a los oficiales comisionados, es decir, para garantizar la obediencia a sus órdenes legales y para protegerlos de la violencia, insulto o falta de respeto.. Sin embargo, a diferencia de los artículos 89 y 90, este artículo no requiere una relación superior-subordinada como un elemento de cualquiera de los delitos denunciados. Este artículo no protege a un oficial en funciones no comisionado o un suboficial en funciones, ni protege a la policía militar ni a los miembros de la patrulla de tierra que no son oficiales de la orden, no comisionados o suboficiales.

(2) Conocimiento. Todas las infracciones prohibidas por el artículo 91 requieren que el acusado tenga conocimiento real de que la víctima fue una orden judicial, no encomendada o suboficial. El conocimiento real puede ser probado por evidencia circunstancial.

(3) Golpear o agredir a una orden judicial, no encomendada o suboficial. Para una discusión de "huelgas" y "en la ejecución de la oficina", ver párrafo 14c. Para una discusión de “asalto”, vea el párrafo 54c. Un asalto por un prisionero que haya sido dado de alta del servicio, o por cualquier otro civil sujeto a la ley militar, en virtud de una orden judicial, no comisionado o suboficial debe ser acusado en virtud del Artículo 128 o 134.

(4) Desobedecer a una orden judicial, no encomendada o suboficial. Ver el párrafo 14c (2), para una discusión de legalidad, naturaleza personal, forma, transmisión y especificidad del orden, naturaleza de la desobediencia y tiempo para el cumplimiento del pedido.

(5) Tratar con desprecio o ser irrespetuoso con el lenguaje o la conducta hacia una orden judicial, no comisionado o suboficial. "Hacia" requiere que el comportamiento y el lenguaje estén a la vista o en la audiencia de la orden judicial, el no comisionado o el suboficial involucrado. Para una discusión de "en la ejecución de su oficina", ver párrafo 14c. Para una discusión de falta de respeto, ver párrafo 13c.

Las reglas son simples. No desobedezca, falte al respeto ni difame a ningún militar de alto rango, al servicio oa su gente sin sufrir las consecuencias. Cuanto más arriba de la cadena de mando, las acciones de una persona culpable suben, más rápido y severamente podría ser el castigo. Se inteligente. Si va a ser insubordinado o irrespetuoso, no lo publique en las redes sociales para que el mundo y el establecimiento político y militar también sean testigos.


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